Recientemente se ha aprobado el borrador con el que se pretende regular los Pisos Turísticos en la Comunidad de Madrid.
Las comunidades de propietarios, podrán prohibir esta actividad empresarial, siempre y cuanto se refleje en los estatutos.
Estos pisos deberán cumplir una serie de requisitos:
1) Tendrán que tener un Certificado de Idoneidad.
2) Un Seguro de Responsabilidad Civil
3) Cumplir con las Normas de Convivencia y Habitabilidad
4) Comunicar a la Policía, la identidad de los inquilinos.
5) Entrada independiente.
Los principales objetivos de esta normativa son el de mejorar el decreto actual y el de regular esta actividad empresarial.
Los pisos que cumplan con la normativa recibirán un Certificado de Idoneidad para las Viviendas de Uso Turístico (CIVUT). Para obtener este documento, se deberá contratar los servicios de un arquitecto o de un ingeniero para que certifique que el inmueble cumple con todos los requisitos.
Una vez que se tenga el CIVUT, los propietarios podrán dar de alta su vivienda en el Registro de la Comunidad de Madrid, de este modo contarán con todas las garantías y la seguridad de no estar incumpliendo la Ley.
Normalmente los pisos se publican en plataformas “on line”, a partir de la entrada en vigor de la nueva normativa, pasan a ser Empresas Turísticas. Esta medida obligará a los propietarios a legalizar su actividad y cumplir con sus obligaciones.
El incumplimiento de esta normativa conlleva una serie de sanciones:
Esta norma es de carácter OBLIGATORIO y afecta a todos los municipios de la Comunidad de Madrid. El incumplimiento conlleva sanciones de hasta 300.000€.
1) Se hace especial hincapié en la necesidad de comunicar la identidad de las personas alojadas a la Dirección General de la Policía, para garantizar la seguridad de esta actividad.
2) Los propietarios deben tener un Seguro de Responsabilidad Civil.
3) Hojas de Reclamaciones.
4) Disponer de servicios que garanticen la habitabilidad del inmueble (Calefacción, fuentes de energía, suministro de agua fría y caliente).
5) Información de teléfonos y direcciones de los Servicios de Emergencia y Sanitarios en al menos dos idiomas.
6) Ventilación directa al exterior.
7) Un extintor y las señalizaciones de salida emergencia.
8) Las viviendas que no tengan una entrada independiente, no podrán convertirse en Pisos Terciarios.
9) Nunca se debe superar la capacidad máxima del piso.
¿Cuál es la capacidad máxima de un piso?
Es el número de personas que se pueden alojar al mismo tiempo, va a ir en función de los metros cuadrados del piso.
Ejemplo:
En el borrador de la Normativa, recoge que las viviendas se podrán alquilar por habitación o completas.
El periodo máximo que se puede alquilar un piso completo, o por habitaciones será de un máximo de 90 días/año, superando este periodo, el alojamiento pasará a ser considerado como “profesional”.
Los clientes tienen la obligación de cumplir las normas de convivencia que previamente los propietarios han debido comunicar e informar.
Medidas que tomará para el control de Los Pisos Turísticos:
El ayuntamiento tiene previsto aumentar el número de inspectores para controlar que todas las viviendas no superen los 90 días de alquiler turístico.
Se establecerá un Control Digital para rastrear todas las plataformas en las que se publicitan estos inmuebles y de este modo, velar por el cumplimiento de la normativa
El 6% de las viviendas de uso turísticos, se encuentran en el Centro y tan solo un 0.23% corresponde a inmuebles que se encuentran en el barrio de Salamanca, Chamberí, Retiro, Arganzuela y Argüelles. En estas áreas serán las más protegidas.
Desde UNICA Inmobiliaria, esperamos que este post os sea de gran ayuda y que lo compartáis con todas aquellas personas a las que les pueda interesar.